Derecho a la ciudad y daños colectivos

El Derecho a la Ciudad, aun en conformación y aunque no se halle expresamente contemplado en el orden jurídico positivo argentino, puede calificarse como un derecho de incidencia colectiva (de los no listados en el art. 41 2do párrafo de la Constitución Nacional). Revistiendo tal carácter, sus af...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Goldfarb, Miguel Andrés, Gapel Redcozub, Guillermo Rafael
Formato: Congreso
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho 2025
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/58813
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