Salud mental y derechos humanos : de la inimputabilidad penal al abordaje convencional en los casos
Esta comunicación científica aborda cómo el Libro, Título 1, Sección 3a del Código Civil y Comercial de la Nación, los Arts. 14 y 15 de la Ley N° 26.657, los Arts. 14, 18, 20 y 21 del Decreto Reglamentario N° 603/2013, los Arts. 67 y 68 del Código Procesal Penal Federal, deberían privar de aplicabil...
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| Autores principales: | , |
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| Formato: | Jornada |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
2025
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| Acceso en línea: | http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/57709 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Esta comunicación científica aborda cómo el Libro, Título 1, Sección 3a del Código Civil y Comercial de la Nación, los Arts. 14 y 15 de la Ley N° 26.657, los Arts. 14, 18, 20 y 21 del Decreto Reglamentario N° 603/2013, los Arts. 67 y 68 del Código Procesal Penal Federal, deberían privar de aplicabilidad al segundo y tercer párrafo del Art. 34 del Código Penal argentino.
El 26 de abril del año 2021, en la Provincia del Chaco fue aprobado el programa “Promoción de Entornos Saludables y No Violentos en Contexto de Encierro: Prevención de Situaciones de Violencia Institucional y Abordaje de Problemáticas Asociadas al Consumo de Sustancias y Sufrimiento Mental", a través de una resolución conjunta dictada por el Ministerio de Salud Pública, el ex-Ministerio de Seguridad y Justicia, y la ex-Secretaría de Derechos Humanos y Géneros. Este instrumento, se presenta en la experiencia como un intento de aproximar la respuesta estatal al paradigma descrito en el presente trabajo. |
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