El derecho a la intimidad de los niños y adolescentes en la era digital
La intimidad de las personas en general está protegida en el Código Civil y Comercial (CCCN), reconociéndose el derecho a reclamar su reparación como afectación a la dignidad en tanto derecho personalísimo. Con referencia a los menores, tanto la Convención de los Derechos del Niño (CDN), como la ley...
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| Autores principales: | , |
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| Formato: | Jornada |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
2025
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| Acceso en línea: | http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/57135 |
| Aporte de: |
| Sumario: | La intimidad de las personas en general está protegida en el Código Civil y Comercial (CCCN), reconociéndose el derecho a reclamar su reparación como afectación a la dignidad en tanto derecho personalísimo. Con referencia a los menores, tanto la Convención de los Derechos del Niño (CDN), como la ley Nº 26.061 consagran el derecho a la vida privada e intimidad familiar (reconocida en el art. 19 de la C.N.) también la Declaración Universal de los Derechos Humanos (entre otros tratados internacionales), no obstante ello, los niños aún sin edad y madurez suficiente acceden a los sitios web, redes sociales compartiendo todo tipo de información, fotografías, imágenes, audios etc., que luego son viralizadas con riesgos cierto para su intimidad. |
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