Condiciones de procedencia de la suspensión del proceso a prueba en casos de violencia en razón del género en el Código Procesal Penal de Corrientes

Frente a la prohibición de la suspensión del proceso a prueba en casos en que el delito aparezca como un episodio dentro de un contexto de violencia de género (art. 32 de la ley 6518), corresponde debatir su eficacia para brindar a las víctimas la respuesta más adecuada a sus necesidades. En lugar d...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Soto, Micaela Jazmin Elizabeth
Formato: Jornada
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2025
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Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/57133
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Descripción
Sumario:Frente a la prohibición de la suspensión del proceso a prueba en casos en que el delito aparezca como un episodio dentro de un contexto de violencia de género (art. 32 de la ley 6518), corresponde debatir su eficacia para brindar a las víctimas la respuesta más adecuada a sus necesidades. En lugar de una prohibición absoluta, debe ponerse el foco en la voluntad de la mujer y en la adecuada valoración del estado de riesgo. En este sentido, las condiciones de procedencia para medidas alternativas en casos de violencia de la Recomendación General N° 35 de la CEDAW constituyen un punto de partida.