Covid-19 y su impacto en el acceso a la justicia como derecho fundamental

El 11 de marzo se cumplen dos años desde que la Organización Mundial de la Salud (OMS) catalogara la propagación global de COVID-19 como una pandemia. La irrupción del coronavirus a nivel mundial trastocó la organización del trabajo tal como se conocía, donde el sistema judicial tuvo que adaptarse...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Tripaldi, María Florencia
Otros Autores: Monzón Wyngaard, Álvaro
Formato: Reunión
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia y Técnica 2024
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/55417
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Descripción
Sumario:El 11 de marzo se cumplen dos años desde que la Organización Mundial de la Salud (OMS) catalogara la propagación global de COVID-19 como una pandemia. La irrupción del coronavirus a nivel mundial trastocó la organización del trabajo tal como se conocía, donde el sistema judicial tuvo que adaptarse a dicho cambio para garantizar que los derechos y garantías fundamentales no se vieran afectados pese a la pandemia y los obstáculos que esta suponía. En un Estado de Derecho la administración de justicia es una función estatal básica que hace que toda persona pueda acceder a la jurisdicción, es decir, al debido acceso a la justicia. Este derecho fundamental no se agota en el acceso al sistema, sino que abarca todo el proceso hasta la respuesta judicial, la cual debe ser rápida y efectiva y se corresponde con el deber del juez de pronunciarse sobre las peticiones de las partes en los plazos debidos, de modo de no producirse un retraso injustificado y perjudicial para los justiciables. En un primer momento, el trabajo pasa revista sobre los desafíos del sistema judicial frente a los obstáculos de la pandemia, se conceptualiza qué se entiende por acceso a la justicia. Seguidamente, se exponen resultados acerca de la experiencia de algunas dependencias judiciales en la implementación de plataformas virtuales como medida sanitaria. Finalmente, se exponen las conclusiones de trascendencia.