El carácter exclusivo del agente

El contrato de Agencia, explica el rango de exclusividad en su art.1480, en el Código Civil y Comercial”. Exclusividad. El agente tiene derecho a la exclusividad en el ramo de los negocios, en la zona geográfica, o respecto del grupo de personas, expresamente determinados en el contrato. La norma co...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Cendoya, Claudia María Gabriela, Jaimez, Claudia Viviana
Formato: Jornada
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2023
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/51575
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Descripción
Sumario:El contrato de Agencia, explica el rango de exclusividad en su art.1480, en el Código Civil y Comercial”. Exclusividad. El agente tiene derecho a la exclusividad en el ramo de los negocios, en la zona geográfica, o respecto del grupo de personas, expresamente determinados en el contrato. La norma consagra el derecho a la exclusividad en el ramo de los negocios, en la zona geográfica, o respecto del grupo de personas. Dicha exclusividad debe estar expresamente determinada en el contrato.” De allí surgen las dudas interpretativas de lo permitido en el portafolio del agente.