Medios preventivos de la crisis patrimonial empresaria

Pasando revista, a la legislación comparada sobre el tema, en 1967 se enfocó el tema, estableciéndose un lapso de suspención de ejecuciones, a condición de que se elaborara un plan de recuperación de la empresa en dificultades. Es claro, que dicho plan, era para la empresa de importancia general o z...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autores principales: Blanco, Agustín Justo, Ciarreta, Hayde
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2022
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/49445
Aporte de:
Descripción
Sumario:Pasando revista, a la legislación comparada sobre el tema, en 1967 se enfocó el tema, estableciéndose un lapso de suspención de ejecuciones, a condición de que se elaborara un plan de recuperación de la empresa en dificultades. Es claro, que dicho plan, era para la empresa de importancia general o zonal, y el trámite solo podía instarlo, el empresario en dificultades, que debía contar con el informe, de entidades públicas, privadas y bancarias. El empresario en dificultades, era auxiliado, por una organización designada por el tribunal, pero, los acreedores, podían objetar y aportar ideas, sin participación judicial.