La contratación electrónica

La Contratación Electrónica es aquélla que se realiza mediante la utilización de algún elemento electrónico cuando éste tiene, o puede tener, una incidencia real y directa sobre la formación de la voluntad o el desarrollo o interpretación futura del acuerdo. Es también: “Todo contrato celebrado sin...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Zárate, Hilda Zulema
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2022
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/49433
Aporte de:
Descripción
Sumario:La Contratación Electrónica es aquélla que se realiza mediante la utilización de algún elemento electrónico cuando éste tiene, o puede tener, una incidencia real y directa sobre la formación de la voluntad o el desarrollo o interpretación futura del acuerdo. Es también: “Todo contrato celebrado sin la presencia física simultánea de las partes, prestando éstas su consentimiento en origen y destino por medio de equipos electrónicos de tratamiento y almacenaje de datos, concretados por medio de cable, radio, medios ópticos o cualquier otro medio. Según el art. 3.2. de las URGETS define a la transacción comercial electrónica, como “una transacción comercial concluida mediante el intercambio de mensajes electrónicos...”. El art. 3.3. define al mensaje electrónico como el contenido de alguna comunicación que implica la transferencia electrónica de datos, sea a través de redes abiertas o cerradas u otro medio electrónico, la cual es accesible y puede ser utilizada posteriormente”.