La acción de lesividad en la Ley Nº 3460 de procedimientos administrativos de Corrientes, en el contencioso administrativo. Ley N° 4106 y leyes provinciales del Nordeste

La administración tiene la posibilidad de ejecutar por sí en forma directa e inmediata sus propios actos (ejecutoriedad o auto tutela), en cambio el particular siempre debe ocurrir a la jurisdicción para hacer valer sus derechos. Esta prerrogativa de auto tutela de la administración tiene límites qu...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Saiach, Samuel Nelson
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2022
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/49390
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Descripción
Sumario:La administración tiene la posibilidad de ejecutar por sí en forma directa e inmediata sus propios actos (ejecutoriedad o auto tutela), en cambio el particular siempre debe ocurrir a la jurisdicción para hacer valer sus derechos. Esta prerrogativa de auto tutela de la administración tiene límites que surgen de la ley y de garantías constitucionales que permiten el equilibrio entre poder y libertad.