La acción de lesividad en la Ley Nº 3460 de procedimientos administrativos de Corrientes, en el contencioso administrativo. Ley N° 4106 y leyes provinciales del Nordeste
La administración tiene la posibilidad de ejecutar por sí en forma directa e inmediata sus propios actos (ejecutoriedad o auto tutela), en cambio el particular siempre debe ocurrir a la jurisdicción para hacer valer sus derechos. Esta prerrogativa de auto tutela de la administración tiene límites qu...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
2022
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/49390 |
| Aporte de: |
| Sumario: | La administración tiene la posibilidad de ejecutar por sí en forma directa e inmediata sus propios actos (ejecutoriedad o auto tutela), en cambio el particular siempre debe ocurrir a la jurisdicción para hacer valer sus derechos. Esta prerrogativa de auto tutela de la administración tiene límites que surgen de la ley y de garantías constitucionales que permiten el equilibrio entre poder y libertad. |
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