Mayoría de edad a los 18 años Ley N° 26.579

Sancionada el 2 de diciembre de 2009, promulgada y publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 22 de diciembre del mismo año, empezó a regir en todo el territorio Nacional, los primeros días del mes de enero del año 2010, la mayoría de edad de las personas, a los 18 años, (art. 1°) que se comput...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Lozano, Raúl Gustavo
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2022
Materias:
Ley
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/49294
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Descripción
Sumario:Sancionada el 2 de diciembre de 2009, promulgada y publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 22 de diciembre del mismo año, empezó a regir en todo el territorio Nacional, los primeros días del mes de enero del año 2010, la mayoría de edad de las personas, a los 18 años, (art. 1°) que se computan a partir de la 0 hora del día de su cumpleaños. Esta nueva legislación, modifica el Código Civil, otorgando plena capacidad, para todos los actos civiles de las personas a partir de que estas cumplen los 18 años de edad, es a su vez una normativa de orden público, es decir no disponible a la voluntad de nadie.