El delito de enriquecimiento ilícito de funcionario y empleado público como delito de sospecha. Problemas constitucionales

El art. 268 (2) del CP castiga el delito de enriquecimiento ilícito de funcionario y empleado público, del siguiente modo: El que al ser debidamente requerido no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable, suyo o de persona interpuesta para disimularlo, posterior a la as...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: González, Ramón Luis
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2022
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/49273
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Descripción
Sumario:El art. 268 (2) del CP castiga el delito de enriquecimiento ilícito de funcionario y empleado público, del siguiente modo: El que al ser debidamente requerido no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable, suyo o de persona interpuesta para disimularlo, posterior a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño.