La disfuncionalidad del federalismo argentino en el desarrollo económico-social de las provincias: el caso Corrientes. Perspectivas de las regiones como alternativa

La Argentina adoptó por la Constitución Nacional de 1853/60 la forma Federal de estado, por lo que se crearon dos órdenes jurisdiccionales: el nacional y el provincial, reconociendo incluso la preexistencia de las provincias a la Nación y en orden a ello se establecieron competencias reservadas de l...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Mariño Fages, Jorge Raúl; Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas, Universidad Nacional del Nordeste 2023
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.unne.edu.ar/index.php/rcd/article/view/6508
Aporte de:
Descripción
Sumario:La Argentina adoptó por la Constitución Nacional de 1853/60 la forma Federal de estado, por lo que se crearon dos órdenes jurisdiccionales: el nacional y el provincial, reconociendo incluso la preexistencia de las provincias a la Nación y en orden a ello se establecieron competencias reservadas de las provincias, competencias delegadas a la nación y competencia concurrentes entre ambas. Para que la autonomía de las provincias fuera efectiva tenían que contar con los recursos económicos y financieros suficientes para su subsistencia y desenvolvimiento. Por ello en la Carta Magna se reguló también el sistema rentístico, que con el tiempo fue perdiendo funcionalidad, por un proceso de concentración poblacional y de recursos económicos alrededor de la ciudad de Buenos Aires que se ha vuelto estructural, que compromete el desarrollo de las provincias. Ante esta realidad la reforma constitucional de 1994, contempla la posibilidad de que las provincias se reúnan en regiones. En ese sentido la Provincia de Corrientes se ha integrado a la región del Norte Grande.