Centuria de transformaciones para el Derecho Constitucional

Lo que vamos a decir liminarmente no es nada nuevo y por ende vastamente conocido. Si el derecho, como enseñaba Bidart Campos siguiendo el derrotero trazado por Goldschmidt, no solo es norma, sino también conducta y valor, es obvio que los cambios registrados en la última centuria necesariamente est...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Midón, Mario A. R.; Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Revistas de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2021
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.unne.edu.ar/index.php/rfd/article/view/5036
Aporte de:
Descripción
Sumario:Lo que vamos a decir liminarmente no es nada nuevo y por ende vastamente conocido. Si el derecho, como enseñaba Bidart Campos siguiendo el derrotero trazado por Goldschmidt, no solo es norma, sino también conducta y valor, es obvio que los cambios registrados en la última centuria necesariamente estaban llamados a repercutir en el sentido y naturaleza de las prácticas que disciplinan la convivencia. En términos de transformación es innegable que tales cambios en el terreno de la juricidad son el equivalente de los sucesos que en otros ámbitos del orbe alteraron los contenidos de todas las ciencias y la tecnología.