Sobre el concepto jurídico-penal de acción en el derecho penal moderno

El delito es concebido en el Derecho penal, desde Hegel hasta nuestros días, como una especie de las acciones humanas. La acción es el género próximo, al cual se le agregan las diferencias específicas: tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. Todas estas categorías son predicados de la acción, conce...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: González, Ramón Luis; Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Revistas de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2021
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.unne.edu.ar/index.php/rfd/article/view/5013
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Descripción
Sumario:El delito es concebido en el Derecho penal, desde Hegel hasta nuestros días, como una especie de las acciones humanas. La acción es el género próximo, al cual se le agregan las diferencias específicas: tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. Todas estas categorías son predicados de la acción, concepto que, durante muchos años, fue concebido como la piedra angular del sistema de la teoría del delito. De ahí que se asigne al concepto de acción, en el sistema de la teoría del delito, diversas funciones. Así, se habla de una función de clasificación: se intentó desde siempre en el derecho penal elaborar el sistema sobre la base del concepto de acción, este debería servir tanto a los delitos de acción como a los de omisión, a la culpa como al dolo; es decir, funcionar como un supraconcepto.