Los menores de edad en el código civil y en el sistema de protección integral

El Código Civil regula en forma sistematizada el Régimen Tuitivo de la Menores en diversos Institutos Jurídicos clásicos. Entre las instituciones protectoras de la minoridad, creadas con el fin de suplir la incapacidad de la menor edad, encontramos en primer lugar a la Patria Potestad (Título III);...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Guglielmone, Silvia Ana Lía; Universidad Nacional del Nordeste
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Revistas de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 2013
Acceso en línea:https://revistas.unne.edu.ar/index.php/rfd/article/view/3967
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Descripción
Sumario:El Código Civil regula en forma sistematizada el Régimen Tuitivo de la Menores en diversos Institutos Jurídicos clásicos. Entre las instituciones protectoras de la minoridad, creadas con el fin de suplir la incapacidad de la menor edad, encontramos en primer lugar a la Patria Potestad (Título III); figura esta que encarna por excelencia la función tutelar y de representación necesaria, original y legal de los menores de edad.