La atribución preferencial en el Código Civil y Comercial y la continuidad de la explotación agropecuaria

Resumen: La atribución preferencial del establecimiento ha sido incorporada en el Código Civil y Comercial argentino en 2015 y reconoce antecedentes en el Derecho civil francés y similitudes con otras instituciones del Derecho Comparado, destinados a una amplia protección y conservación del patri...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Fos Medina, Juan Bautista
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Derecho; Argentina 2021
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/11432
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description Resumen: La atribución preferencial del establecimiento ha sido incorporada en el Código Civil y Comercial argentino en 2015 y reconoce antecedentes en el Derecho civil francés y similitudes con otras instituciones del Derecho Comparado, destinados a una amplia protección y conservación del patrimonio familiar. Es un modo excepcional de la partición hereditaria que permite la atribución del establecimiento agropecuario (en el caso de estudio) a uno o a varios herederos, debiendo el/los adjudicatario/s, en caso de corresponder, compensar en dinero a los demás coherederos el mayor valor del establecimiento por sobre el monto de su porción hereditaria. El instituto posee una función familiar, al conservar la finca en cabeza de uno o de varios herederos, así como una función económica, porque permite la continuidad de la actividad económica de la unidad agraria familiar. Tiene la virtud que mitiga la implacable división forzosa e igualitaria de los bienes hereditarios, que conduce a la pulverización de la propiedad rural.
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