La prudencia juridica: sobre el conocimiento de lo justo concreto
Introducción 1.l. Cuando el Emperador Augusto otorgó, en los comienzos de la era cristiana, el ius publice respondendi ex auctoritate Principis a los más notables juristas de la Roma Imperial, lo hizo en virtud de su reconocida calidad de iuris prudentium, es decir, de poseedores, en grado emine...
Guardado en:
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| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
2020
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| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10658 |
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Universidad Católica Argentina |
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Repositorio Institucional de la Universidad Católica Argentina (UCA) |
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JUSTICIA FILOSOFIA DEL DERECHO Massini Correas, Carlos I. La prudencia juridica: sobre el conocimiento de lo justo concreto |
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JUSTICIA FILOSOFIA DEL DERECHO |
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Introducción
1.l. Cuando el Emperador Augusto otorgó, en los comienzos de la era
cristiana, el ius publice respondendi ex auctoritate Principis a los más notables
juristas de la Roma Imperial, lo hizo en virtud de su reconocida calidad de
iuris prudentium, es decir, de poseedores, en grado eminente, de una especial
forma de conocimiento jurídico: el "prudencial" (1). Papiniano, Ulpiano, Gayo,
Paulo y Modestino, se destacaban entre Jos hombres de derecho romanos por
su especial aptitud para investigar cuál era la solución justa para cada uno de
los casos concretos sobre los que se les consultaba. Ese conocimiento acertado
de lo que era derecho en cada situación singular -llamado iuris prudentiadio posteriormente el nombre, por una derivación lingüística, a la "ciencia del
derecho" (2) y a las normas que tienen su origen en las sentencias de los
tribunales. Pero con el transcurso del tiempo, el uso de la palabra se fue
restringiendo al de estas dos acepciones derivadas, sobre todo al de la última,
sin que el conocimiento de lo justo concreto conservara el clásico apelativo
de "prudencial". Lo que es más, la misma palabra "prudencia" fue objeto de
un paulatino descrédito, pasando a significar ¡la simple cautela, cuando no una
actitud de apocamiento o de temor excesivo (3); en el lenguaje vulgar, el
"prudente" llegó a ser no un virtuoso, sino un timorato, siempre dispuesto a
evitar cualquier tipo de riesgo ° aventura. Consecuentemente con ello, mal
podía hablarse de "prudencia jurídica" como de un modo especial e indispensable de conocimiento en el campo del derecho, por lo que pasó al olvido la
acepción primera del término, es decir, la que designaba al conocimiento del
derecho en su máxima concreción... |
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