El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no

El Poder Ejecutivo Nacional ha enviado al Congreso un proyecto de ley, al que ha denominado “Ley Hojarasca”, que propicia la derogación de una gran cantidad de leyes que considera superfluas, anacrónicas, o innecesariamente restrictivas de las libertades individuales. Se anuncia como “una revisión l...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Navarro Floria, Juan G.
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: El Derecho 2025
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/19500
Aporte de:
id I33-R139-123456789-19500
record_format dspace
spelling I33-R139-123456789-195002025-03-12T05:02:43Z El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no Navarro Floria, Juan G. DERECHO ECLESIASTICO DEROGACION DE LA LEY PADRINAZGO PRESIDENCIAL DERECHO DE REUNION IMPUESTOS SERVICIO MILITAR El Poder Ejecutivo Nacional ha enviado al Congreso un proyecto de ley, al que ha denominado “Ley Hojarasca”, que propicia la derogación de una gran cantidad de leyes que considera superfluas, anacrónicas, o innecesariamente restrictivas de las libertades individuales. Se anuncia como “una revisión legislativa que apunta a eliminar legislación obsoleta, inútil, superada por normativas posteriores o claramente violatoria de los principios constitucionales. El propósito de estas líneas es espigar entre ellas las que tienen alguna vinculación con el Derecho Eclesiástico del Estado, y analizar si realmente su eliminación es necesaria o conveniente. El proyecto de ley parte de una premisa correcta: los derechos se tienen sin necesidad de ninguna ley que los reconozca o invente. En todo caso, la ley es necesaria para limitar un derecho, porque el principio es la libertad. Llevado eso al terreno de la religiosidad, la libertad religiosa es, en principio, ilimitada, salvo que por una ley formal se la restrinja, y ello sólo será admisible si es estrictamente necesario por razones de orden, salud o seguridad públicas, y no hay otra forma de alcanzar ese fin legítimo sin constreñir la libertad religiosa. La mayor parte de las leyes y normas concernidas por el proyecto de ley tienen que ver con cuestiones económicas. Hay, sin embargo, unas pocas que rozan la materia religiosa (Ley 20.843, Ley 20.120, y Ley 13.521), y a esas nos referimos acá. 2025-03-11T13:42:53Z 2025-03-11T13:42:53Z 2025 Artículo 1666-8987 ED-V-CMLXVI-54 El https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/19500 spa Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf El Derecho El Derecho - Diario. Tomo 310, 2025.
institution Universidad Católica Argentina
institution_str I-33
repository_str R-139
collection Repositorio Institucional de la Universidad Católica Argentina (UCA)
language Español
topic DERECHO ECLESIASTICO
DEROGACION DE LA LEY
PADRINAZGO PRESIDENCIAL
DERECHO DE REUNION
IMPUESTOS
SERVICIO MILITAR
spellingShingle DERECHO ECLESIASTICO
DEROGACION DE LA LEY
PADRINAZGO PRESIDENCIAL
DERECHO DE REUNION
IMPUESTOS
SERVICIO MILITAR
Navarro Floria, Juan G.
El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no
topic_facet DERECHO ECLESIASTICO
DEROGACION DE LA LEY
PADRINAZGO PRESIDENCIAL
DERECHO DE REUNION
IMPUESTOS
SERVICIO MILITAR
description El Poder Ejecutivo Nacional ha enviado al Congreso un proyecto de ley, al que ha denominado “Ley Hojarasca”, que propicia la derogación de una gran cantidad de leyes que considera superfluas, anacrónicas, o innecesariamente restrictivas de las libertades individuales. Se anuncia como “una revisión legislativa que apunta a eliminar legislación obsoleta, inútil, superada por normativas posteriores o claramente violatoria de los principios constitucionales. El propósito de estas líneas es espigar entre ellas las que tienen alguna vinculación con el Derecho Eclesiástico del Estado, y analizar si realmente su eliminación es necesaria o conveniente. El proyecto de ley parte de una premisa correcta: los derechos se tienen sin necesidad de ninguna ley que los reconozca o invente. En todo caso, la ley es necesaria para limitar un derecho, porque el principio es la libertad. Llevado eso al terreno de la religiosidad, la libertad religiosa es, en principio, ilimitada, salvo que por una ley formal se la restrinja, y ello sólo será admisible si es estrictamente necesario por razones de orden, salud o seguridad públicas, y no hay otra forma de alcanzar ese fin legítimo sin constreñir la libertad religiosa. La mayor parte de las leyes y normas concernidas por el proyecto de ley tienen que ver con cuestiones económicas. Hay, sin embargo, unas pocas que rozan la materia religiosa (Ley 20.843, Ley 20.120, y Ley 13.521), y a esas nos referimos acá.
format Artículo
author Navarro Floria, Juan G.
author_facet Navarro Floria, Juan G.
author_sort Navarro Floria, Juan G.
title El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no
title_short El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no
title_full El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no
title_fullStr El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no
title_full_unstemmed El Derecho Eclesiástico en la llamada "Ley Hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no
title_sort el derecho eclesiástico en la llamada "ley hojarasca": cosas que sobran, y cosas que no
publisher El Derecho
publishDate 2025
url https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/19500
work_keys_str_mv AT navarrofloriajuang elderechoeclesiasticoenlallamadaleyhojarascacosasquesobranycosasqueno
_version_ 1826816261513805824