Proyecto de ley sobre eutanasia de la Defensoría del Pueblo de Ecuador
El 28 de junio de 2024, la Defensoría del Pueblo de Ecuador remitió a la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley que regula los procedimientos eutanásicos elaborado por pedido de la Corte Constitucional de ese país en la sentencia del 5 de febrero de 2024. En efecto, el proyecto de ley es un paso má...
Guardado en:
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| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2024
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I33-R139-123456789-190022024-11-08T05:01:36Z Proyecto de ley sobre eutanasia de la Defensoría del Pueblo de Ecuador Lafferrière, Jorge Nicolás EUTANASIA PROYECTO DE LEY El 28 de junio de 2024, la Defensoría del Pueblo de Ecuador remitió a la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley que regula los procedimientos eutanásicos elaborado por pedido de la Corte Constitucional de ese país en la sentencia del 5 de febrero de 2024. En efecto, el proyecto de ley es un paso más en la legalización de la eutanasia, que tuvo como disparador la sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador (CCE) dictada el 5 de febrero de 2024 ( que analizamos en un anterior boletín ) que había declarado la constitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que sanciona la figura del homicidio (“la persona que mate a otra”), a pedido de una paciente de ELA de 42 años que busca una muerte digna. Para la CCE, ese artículo “será constitucional siempre y cuando no sea sancionado (i) el médico que ejecute la conducta tipificada en el artículo 144 del COIP en el supuesto en el que (ii) una persona, expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa (iii) por el padecimiento de sufrimiento intenso proveniente de una lesión necesariamente de carácter corporal, grave e irreversible o una enfermedad que sea grave e incurable”. La sentencia no se limitaba al caso particular, sino que impulsó que se dicte normativa sobre eutanasia. Así, el 12 de abril de 2024, el Ministerio de Salud Pública de Ecuador dictó un reglamento sobre eutanasia (Nro. 59/2024), que había sido ordenado por la Corte Constitucional ( que analizamos en otro boletín... 2024-11-07T11:11:04Z 2024-11-07T11:11:04Z 2024 Artículo 1666-8987 ED-V-DCCCLVI-326 (cita digital) https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/19002 spa El derecho argentino ante la vulnerabilidad del paciente terminal Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf Ecuador El Derecho El Derecho. Diario , Tomo 308, 2024 |
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El 28 de junio de 2024, la Defensoría del Pueblo de Ecuador remitió a la Asamblea Nacional
el Proyecto de Ley que regula los procedimientos eutanásicos
elaborado por pedido de la Corte Constitucional de ese país en la sentencia del 5 de febrero de 2024.
En efecto, el proyecto de ley es un paso más en la legalización de la eutanasia, que tuvo como disparador la sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador (CCE) dictada el 5 de febrero de 2024 (
que analizamos en un anterior boletín
) que había declarado la constitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que sanciona la figura del homicidio (“la persona que mate a otra”), a pedido de una paciente de ELA de 42 años que busca una muerte digna. Para la CCE, ese artículo “será constitucional siempre y cuando no sea sancionado (i) el médico que ejecute la conducta tipificada en el artículo 144 del COIP en el supuesto en el que (ii) una persona, expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa (iii) por el padecimiento de sufrimiento intenso proveniente de una lesión necesariamente de carácter corporal, grave e irreversible o una enfermedad que sea grave e incurable”. La sentencia no se limitaba al caso particular, sino que impulsó que se dicte normativa sobre eutanasia. Así, el 12 de abril de 2024, el Ministerio de Salud Pública de Ecuador dictó un reglamento sobre eutanasia (Nro. 59/2024), que había sido ordenado por la Corte Constitucional (
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