Artículo 15 de la Ley de Seguros : el nuevo “Ave Fénix” de la tecnología moderna para la protección de los consumidores de seguros
Resumen: 1.1. En el presente trabajo(1) realizaremos un análisis diferente, a partir de las modernas tecnologías, con relación al segundo párrafo del art. 15 de la Ley de Seguros(2),(3), que, bajo el título de “Conocimiento del asegurador”, establece que “el asegurador no puede invocar las cons...
Autor principal: | |
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Formato: | Artículo |
Lenguaje: | Español |
Publicado: |
El Derecho
2024
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Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18173 |
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I33-R139-123456789-181732024-05-29T05:02:02Z Artículo 15 de la Ley de Seguros : el nuevo “Ave Fénix” de la tecnología moderna para la protección de los consumidores de seguros Sobrino, Waldo PROTECCION DEL CONSUMIDOR DERECHO DE SEGUROS SEGUROS INTELIGENCIA ARTIFICIAL RESPONSABILIDAD CIVIL INFORMATICA LEY DE SEGUROS Resumen: 1.1. En el presente trabajo(1) realizaremos un análisis diferente, a partir de las modernas tecnologías, con relación al segundo párrafo del art. 15 de la Ley de Seguros(2),(3), que, bajo el título de “Conocimiento del asegurador”, establece que “el asegurador no puede invocar las consecuencias desventajosas de la omisión o del retardo de una declaración, denuncia o notificación, si a la época en que debió realizarse tenía conocimiento de las circunstancias a las que ellas se refieren”(4). Al respecto, debemos reconocer que se trató de una norma que era muy poco aplicada, dado que en general quedaba circunscripta y limitada a lo que solemos denominar hechos públicos y notorios, de forma tal que no tenía una gran relevancia en la praxis diaria(5). 1.2. Pero como consecuencia de las modernas tecnologías es que el art. 15 de la ley 17.418, en el siglo XXI, va a resurgir como el “Ave Fénix”, dado que en el tema de la “información”, va a resultar una norma básica y fundamental para la protección y defensa de los consumidores de seguros. 2024-05-28T15:29:28Z 2024-05-28T15:29:28Z 2024 Artículo Sobrino, W. Artículo 15 de la Ley de Seguros : el nuevo “Ave Fénix” de la tecnología moderna para la protección de los consumidores de seguros [en línea]. Novedades en el Derecho de Seguros. El Derecho. Suplemento Especial. 2024, n°15.743. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18173 1666-8987 https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18173 spa Acceso abierto http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf El Derecho Novedades en el Derecho de Seguros. El Derecho. Suplemento Especial. 2024, n°15.743 |
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Resumen: 1.1. En el presente trabajo(1) realizaremos un análisis
diferente, a partir de las modernas tecnologías, con
relación al segundo párrafo del art. 15 de la Ley de
Seguros(2),(3), que, bajo el título de “Conocimiento del asegurador”,
establece que “el asegurador no puede invocar
las consecuencias desventajosas de la omisión o del retardo
de una declaración, denuncia o notificación, si a la
época en que debió realizarse tenía conocimiento de las
circunstancias a las que ellas se refieren”(4). Al respecto, debemos reconocer que se trató de una
norma que era muy poco aplicada, dado que en general
quedaba circunscripta y limitada a lo que solemos denominar
hechos públicos y notorios, de forma tal que no
tenía una gran relevancia en la praxis diaria(5).
1.2. Pero como consecuencia de las modernas tecnologías
es que el art. 15 de la ley 17.418, en el siglo XXI, va
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