El derecho aplicable a la contratación de servicios jurídicos
Suele decirse que el abogado es un prestador de servicios. Cualquiera sea el alcance dado a la expresión, ésta permite tener una idea aproximada de la naturaleza del trabajo intelectual a su cargo. Sin embargo, no es posible reducir esa actividad a un concepto tan genérico, porque determinados sup...
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
2023
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| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16883 |
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I33-R139-123456789-168832023-08-09T05:01:48Z El derecho aplicable a la contratación de servicios jurídicos Salerno, Marcelo Urbano ETICA PROFESIONAL ABOGADOS DEONTOLOGIA CLIENTES Suele decirse que el abogado es un prestador de servicios. Cualquiera sea el alcance dado a la expresión, ésta permite tener una idea aproximada de la naturaleza del trabajo intelectual a su cargo. Sin embargo, no es posible reducir esa actividad a un concepto tan genérico, porque determinados supuestos escapan a la regla enunciada. De modo que la frase peca por exceso y también por defecto. Además, nos enfrentamos con un tema opinable, de suyo complejo. Valga, pues, anticipar que los servicios jurídicos tienen un perfil distintivo que permite afirmar su particularismo, sin que sean asimilables a los de cualquier otra actividad. No obstante carecer de un estatuto, la abogacía se encuentra regulada por un conjunto de normas dispersas aplicable a sus peculiares características. Su tipicidad resulta incuestionable. El abogado ejerce una profesión siempre que lo haga en forma habitual y pública, cuyo ejercicio regular importe ser su modo de vida, a fin de lograr ingresos pecuniarios. A ese efecto, cuenta con un título universitario y posee una matrícula habilitante. Cumplidos esos requisitos, deberá atender los asuntos que se le confíen, según su capacitación y experiencia. En gran medida aplicará las enseñanzas teóricas aprendidas en las aulas universitarias... 2023-08-08T11:32:31Z 2023-08-08T11:32:31Z 2006 Artículo Salerno, M. U. El derecho aplicable a la contratación de servicios jurídicos [en línea]. Prudentia Iuris. 2006, 61. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16883 0326-2774 2524-9525 (online) https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16883 spa Acceso abierto http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho Prudentia Iuris No. 61, 2006 |
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embargo, no es posible reducir esa actividad a un concepto tan genérico, porque determinados supuestos escapan a la regla enunciada. De
modo que la frase peca por exceso y también por defecto. Además, nos
enfrentamos con un tema opinable, de suyo complejo.
Valga, pues, anticipar que los servicios jurídicos tienen un perfil
distintivo que permite afirmar su particularismo, sin que sean
asimilables a los de cualquier otra actividad. No obstante carecer de
un estatuto, la abogacía se encuentra regulada por un conjunto de
normas dispersas aplicable a sus peculiares características. Su
tipicidad resulta incuestionable.
El abogado ejerce una profesión siempre que lo haga en forma
habitual y pública, cuyo ejercicio regular importe ser su modo de vida,
a fin de lograr ingresos pecuniarios. A ese efecto, cuenta con un título
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