Las dos caras de la fiscalidad: Estado y contribuyentes. Tucumán, 1853-1870
En la segunda mitad del siglo XIX se inauguraba en Argentina una nueva estructura jurídica-institucional y con ella la reformulación del sistema impositivo. La Constitución de 1853 imbuida en los principios liberales del laissez-faire suprimió las aduanas interiores que constituían el principal recu...
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| Autores principales: | , |
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| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires
2024
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| Acceso en línea: | http://revistascientificas.filo.uba.ar/index.php/boletin/article/view/14999 |
| Aporte de: |
| Sumario: | En la segunda mitad del siglo XIX se inauguraba en Argentina una nueva estructura jurídica-institucional y con ella la reformulación del sistema impositivo. La Constitución de 1853 imbuida en los principios liberales del laissez-faire suprimió las aduanas interiores que constituían el principal recurso de los Estados provinciales por lo que se debió elaborar una serie de mecanismos para generar nuevos ingresos. La pérdida de las rentas de las aduanas interiores y la necesidad de recursos promovieron la creación de nuevas fuentes fiscales que en Tucumán se tradujeron en la desaparición de algunos tributos de la época colonial (diezmo, contribución forzosa), la reformulación de otros (las patentes) y la incorporación de nuevos (contribución directa). |
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