El trilema del régimen de solución de controversias inversor-Estado

El régimen de solución de controversias inversor-Estado surca una profunda crisis de legitimidad. En este marco, esta pieza argumenta que los Estados enfrentan un trilema, esto es, no pueden al mismo tiempo mantener la gobernanza global del régimen, brindar locus standi a los inversores extranjeros...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Bas Vilizzio, Magdalena
Formato: Artículo publishedVersion
Lenguaje:Español
Publicado: Instituto de Estudios de América Latina y el Caribe 2022
Materias:
Acceso en línea:https://publicaciones.sociales.uba.ar/index.php/observatoriolatinoamericano/article/view/7507
https://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=observa&d=7507_oai
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Sumario:El régimen de solución de controversias inversor-Estado surca una profunda crisis de legitimidad. En este marco, esta pieza argumenta que los Estados enfrentan un trilema, esto es, no pueden al mismo tiempo mantener la gobernanza global del régimen, brindar locus standi a los inversores extranjeros y preservar la soberanía regulatoria. La elección de dos vértices tiene consecuencias: relegar el tercero. Si eligen la gobernanza global y el locus standi, se mantienen en el arbitraje inversor-Estado tradicional, un régimen que condiciona la soberanía. Si, por el contrario, seleccionan el locus standi y la soberanía regulatoria, el resultado es el reforzamiento de las jurisdicciones domésticas (el regreso de la doctrina Calvo). Finalmente, si optan por la soberanía regulatoria pero manteniendo la gobernanza global, el resultado es una restricción en el acceso al arbitraje, excluyendo los reclamos relativos a medidas de protección de los derechos humanos, la salud pública o el medioambiente.