Hacia un nuevo concepto de “relación de dependencia” (en la República Argentina)
La vinculación de las personas humanas frente a las empresas y organizaciones, tiene dos categorías claramente definidas, una, la tradicional, cuando la persona cumple funciones permanentes y subordinadas dentro del establecimiento de la empresa u organización, recibiendo por su prestación el pago...
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Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Centro de Modelos Contables
2019
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I28-R145-41-3_html2022-12-12 Práctica profesional Práctica laboral Relación de dependencia Argentina spa Hacia un nuevo concepto de “relación de dependencia” (en la República Argentina) info:eu-repo/semantics/article info:ar-repo/semantics/artículo artículo Gerardo Canales 2019-09 1853-1024 XLI Simposio Nacional de Práctica Profesional https://www.economicas.uba.ar/wp-content/uploads/2021/04/C_SPPXLI_Canales.pdf Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Centro de Modelos Contables La vinculación de las personas humanas frente a las empresas y organizaciones, tiene dos categorías claramente definidas, una, la tradicional, cuando la persona cumple funciones permanentes y subordinadas dentro del establecimiento de la empresa u organización, recibiendo por su prestación el pago de una “remuneración” sujeta a todos los aportes y contribuciones de la seguridad social, y la otra, en el extremo de la primera, en la que la persona en forma autónoma, sin ningún tipo de subordinación, brinda su ciencia y fuerza de trabajo, circunstancialmente a cambio de una “retribución”. Entre esas dos categorías que no merecen discusión alguna, existe una amplia y variada gama de situaciones “dudosas o grises”, que exigen un riguroso análisis de cada caso particular para poder determinar si nos encontramos o no, frente a una verdadera “relación de dependencia”. En el presente trabajo se ha intentado sintetizar en pocas páginas, la contradictoria interpretación doctrinaria, jurisprudencial y de organismos a cargo de la función de policía laboral, sobre la materia a la luz de un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ 9/2014, caratulado “Rica Carlos Martín c/Hospital Alemán y otros s/despido”) y que nos mueven a pensar sobre la existencia de un nuevo concepto de “relación de dependencia en la República Argentina”. http://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=simposio&d=41-3_html |
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