FIDEICOMISO INMOBILIARIO. SU LIQUIDACIÓN JUDICIAL Y LA NORMATIVA CONCURSAL
La 24.441 conocida como Ley del Fideicomiso, fue derogada por la ley 26.994 que aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación. Las normas que rigen el Contrato de Fideicomiso quedaron incorporadas en el Libro III, Titulo IV, Capítulos 30 y 31 del mencionado cuerpo legal. Por definición del art 16...
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Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Centro de Modelos Contables
2018
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I28-R145-40-6_html2023-02-23 Fideicomiso inmobiliario Ley Negocio fiduciario spa FIDEICOMISO INMOBILIARIO. SU LIQUIDACIÓN JUDICIAL Y LA NORMATIVA CONCURSAL info:eu-repo/semantics/article info:ar-repo/semantics/artículo artículo VIGHENZONI, María Silvia 2018-09 1853-1024 XL Simposio Nacional de Práctica Profesional https://www.economicas.uba.ar/wp-content/uploads/2018/12/SP40_A2_VIGUENZONI_fideicomiso_liquidacion_normativa.pdf.pdf Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Centro de Modelos Contables La 24.441 conocida como Ley del Fideicomiso, fue derogada por la ley 26.994 que aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación. Las normas que rigen el Contrato de Fideicomiso quedaron incorporadas en el Libro III, Titulo IV, Capítulos 30 y 31 del mencionado cuerpo legal. Por definición del art 1666 hay contrato de fideicomiso cuando una parte, llamada fiduciante, transmite o se compromete a transmitir la propiedad de bienes a otra persona denominada fiduciario, quien se obliga a ejercerla en beneficio de otra llamada beneficiario que se designa por contrato, y a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición al fideicomisario. Así en el negocio fiduciario existen elementos sustantivos que intervienen: el fiduciante, quien constituye el fideicomiso; el fiduciario, que elegido por el fiduciante administra el fideicomiso, la obligación de transmisión del dominio de los bienes objeto del contrato al fiduciario, el o los bienes sobre los cuales se constituirá el contrato de fideicomiso, los beneficiarios que recibirán las ganancias de la administración del contrato y los fideicomisarios que serán los destinatarios finales de los bienes fideicomitidos. El fideicomiso no es un sujeto de derecho ni goza de personalidad jurídica, sino, es un contrato creado para lograr una finalidad determinada. http://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=simposio&d=40-6_html |
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La 24.441 conocida como Ley del Fideicomiso, fue derogada por la ley 26.994 que aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación. Las normas que rigen el Contrato de Fideicomiso quedaron incorporadas en el Libro III, Titulo IV, Capítulos 30 y 31 del mencionado cuerpo legal. Por definición del art 1666 hay contrato de fideicomiso cuando una parte, llamada fiduciante, transmite o se compromete a transmitir la propiedad de bienes a otra persona denominada fiduciario, quien se obliga a ejercerla en beneficio de otra llamada beneficiario que se designa por contrato, y a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición al fideicomisario. Así en el negocio fiduciario existen elementos sustantivos que intervienen: el fiduciante, quien constituye el fideicomiso; el fiduciario, que elegido por el fiduciante administra el fideicomiso, la obligación de transmisión del dominio de los bienes objeto del contrato al fiduciario, el o los bienes sobre los cuales se constituirá el contrato de fideicomiso, los beneficiarios que recibirán las ganancias de la administración del contrato y los fideicomisarios que serán los destinatarios finales de los bienes fideicomitidos. El fideicomiso no es un sujeto de derecho ni goza de personalidad jurídica, sino, es un contrato creado para lograr una finalidad determinada. |
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