La regulación dada al ejercicio de la navegación y comercio de cabotaje en el Código Aeronáutico Argentino es inconstitucional
Es principio de permanente vigencia en el derecho de la navegación, sea por agua o por aire, que cada Estado se reserva para si la regulación de la navegación y comercio de cabotaje, no constituyendo objeto de cesión o reconocimiento a los vehículos navegatorios extranjeros tal ejercicio en los Trat...
Guardado en:
| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | Artículo publishedVersion |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Litoral
2019
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11185/4899 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Es principio de permanente vigencia en el derecho de la navegación, sea por agua o por aire, que cada Estado se reserva para si la regulación de la navegación y comercio de cabotaje, no constituyendo objeto de cesión o reconocimiento a los vehículos navegatorios extranjeros tal ejercicio en los Tratados Internacionales. |
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