Consideraciones sobre la jurisdicción internacional en materia de separación personal y divorcio vincular

En el presente trabajo nos abocaremos al análisis de la jurisdicción internacional en materia de Separación Personal y Divorcio Vincular, advirtiendo la trascendencia que tuvieron los precedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la legislación de 1987. Al comenzar el...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Guillermina Zabalza; Universidad Nacional del Centro, Laura María Giosa; Universidad Nacional del Centro
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Inglés
Publicado: Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires 2007
Materias:
Acceso en línea:http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ctp/article/view/911
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description En el presente trabajo nos abocaremos al análisis de la jurisdicción internacional en materia de Separación Personal y Divorcio Vincular, advirtiendo la trascendencia que tuvieron los precedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la legislación de 1987. Al comenzar el estudio sobre el tema planteado hemos advertido una vez más la importancia que posee el Derecho Internacional Privado en virtud de que los hombres no solo se desarrollan en un Estado sino que por el contrario trascienden las fronteras territoriales de su país, haciéndose imperioso una determinación de la ley aplicable y de la jurisdicción competente ante los posibles conflictos de índole multinacional que se presenten. A su vez, frente a la decisión adoptada por un tribunal sobre un caso multinacional, se necesitará en determinados supuestos su correlativo reconocimiento o ejecución de la sentencia extranjera, demostrándose una vez más las estrechas vinculaciones existentes entre jurisdicción internacional y reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras. Con motivo a lo expuesto, en el presente trabajo analizaremos dos casos paradigmáticos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en lo relativo a la Jurisdicción Internacional en materia de separación personal y divorcio vincular, resaltando el principio adoptado por la Corte en cuanto a la Privación y denegación de Justicia. En el ámbito de este lineamiento, es necesario resaltar la posición adoptada por la Corte en cuanto es imprescindible asumir jurisdicción en aquellos supuestos en que se pueda ocasionar una denegación o privación de justicia, teniendo su base en el principio constitucional que determina la inviolabilidad de la defensa en juicio de la persona y de los derechos, advirtiendo que esta defensa se vería coartada si no se admitiría la posibilidad de recurrir a la justicia. Por ende, se debe asumir jurisdicción frente aquellos casos en que se pueda producir una privación o denegación de justicia, y al asumir la correspondiente jurisdicción se contribuye con el Principio Supremo de Justicia –de manera colectiva- desarrollado por el Profesor Werner Goldschmidt en cuanto consiste en organizar la agrupación de manera tal que asegure a cada miembro la esfera de libertad necesaria para que se convierta de individuo en persona, es decir para que se personalice.
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