Filosofía del derecho y derecho privado patrimonial
La identificación y aplicación de normas jurídicas generan interrogantes y dificultades que son objeto de recurrente controversia en la teoría del derecho. La persistencia de estas controversias obedece a oscuridades conceptuales ocultas bajo la idea genérica de la derrotabilidad de las normas...
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| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2021
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| Acceso en línea: | https://repositoriodigital.uns.edu.ar/xmlui/handle/123456789/6039 |
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La identificación y aplicación de normas jurídicas generan interrogantes y dificultades
que son objeto de recurrente controversia en la teoría del derecho. La persistencia de
estas controversias obedece a oscuridades conceptuales ocultas bajo la idea genérica de
la derrotabilidad de las normas. Son problemas semánticos y normativos, atinentes a la
identificación o alcance de las normas jurídicas, y problemas de justificación
institucional, atinentes a la aplicación o fuerza institucional de las normas.
Se denominó Hipótesis de la Derrotabilidad en la Identificación (HDI) a la siguiente
propuesta relativa a la indeterminación del contenido conceptual de una norma jurídica:
una norma N es derrotable si y solo si se halla sujeta a al menos una excepción
implícita. Las razones por las cuales hay excepciones implícitas son (i.e. condiciones de
verdad de la proposición): a) imprevisibilidad de la configuración de los casos futuros
(límite gnoseológico); b) carácter relevante de propiedades no consideradas
expresamente como tales; c) vicio formalista de la declaración de irrelevancia de las
propiedades no expresamente consideradas; d) ausencia de regla de clausura.
De la investigación resulta la invalidez de HDI, pues se justifica en el empleo de
términos y enunciados ambiguos (e.g., caso, relevante, irrelevante, permitido) que según
sea su significado expresan proposiciones que o bien son falsas, o bien si verdaderas no
garantizan la inferencia que pretende.
Se denominó Hipótesis de la Derrotabilidad en la Aplicación (HDA) a la siguiente
propuesta, referida a la insuficiencia de una norma jurídica para justificar una decisión
institucional. Una norma jurídica N es inderrotable en un caso c si y solo si la solución
inferida de N para c es condición suficiente de la solución judicial del caso c. Dado que
las soluciones judiciales no siempre se corresponden (ni deben siempre corresponderse)
con las soluciones inferidas de una norma N (argumento modus tollens), HDA infiere
que las normas jurídicas no son inderrotables, i.e. son derrotables.
Si bien resulta válida la separación propuesta por HDA entre la pertenencia de una
norma a un sistema normativo y la fuerza de una norma para justificar una decisión, se
mostró inválido inferir que la conexión entre norma y fuerza sea valorativa y/o
arbitraria. Se mostró que la aplicación de una norma N regule un caso c, significa que la
aplicabilidad de N en el caso C depende de otra norma N’ que prescriba la aplicación de
N en c, siendo N’ es un criterio de aplicabilidad y una norma N así seleccionada una
norma aplicable. Trazado el distingo, se destacaron las ambigüedades (e.g., norma
individual, justificación normativa, aplicable) en que incurre HDA, que impiden la
conclusión que reclama. En consecuencia, se refinó el sistema secundario de
adjudicación para dar suficiente cuenta de la implementación de las normas de conducta
mediante criterios de aplicabilidad e inaplicabilidad de normas (positivos y negativos),
proponiendo una redefinición de fuerza institucional adecuada y pertinente, que permite
explicar tanto el carácter abierto como excluyente de un sistema normativo |
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Navarro, Pablo Eugenio |
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