Sumario: | Este trabajo se ocupa de analizar dos fallos judiciales que postularon la imprescriptibilidad de los llamados delitos de corrupción. En ellos, paradójicamente, al pretenderse defender la institucionalidad y la democracia se desconocieron instituciones básicas que están en nuestra ley suprema desde el siglo XIX y que se remontan más atrás en la historia, como lo es el principio de legalidad destinado a preservar la libertad y los derechos fundamentales de la persona. Para sostener la imprescriptibilidad, las sentencias examinadas quebrantaron la regla de prohibición de analogía in malam partem; inobservaron y aplicaron erróneamente convenciones internacionales y leyes atingentes; interpretaron en forma incoherente la ley penal; utilizaron de manera laxa precedentes jurisprudenciales; e incurrieron en falacias lógicas en sus razonamientos.
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