Jurisprudencia bonaerense

Tribunal: Cámara De Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón, Sala II Fallo: Fleitas, Olga Esther c. Empresa del Oeste S.A. de Transporte y otros s/ Daños y Perj. Autom. c/ les. o muerte (Exc. Estado) – (23/04/2019) Voces: TICs, Street View Google Maps, Medios de Prueba, Documento Digital, I...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Amosa, Fernando
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2019
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/100507
Aporte de:
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Suprema Corte de Justicia
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description Tribunal: Cámara De Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón, Sala II Fallo: Fleitas, Olga Esther c. Empresa del Oeste S.A. de Transporte y otros s/ Daños y Perj. Autom. c/ les. o muerte (Exc. Estado) – (23/04/2019) Voces: TICs, Street View Google Maps, Medios de Prueba, Documento Digital, Internet, Fotografías. Responsabilidad Civil Sumarios: • En atención a las posibilidades de representación del entorno, puede ser considerado el documento por excelencia para incorporar al expediente, y su utilización por los jueces para formar su convicción es posible, ya que estos pueden trabajar con documentos que las partes no hubieran arrimado al proceso (art. 36 inc. 4.c del Cód. Proc. Civ. y Comercial). • El uso de Street View es un medio para auxiliar al juez y facilitar la ubicación en un contexto físico determinado en tres dimensiones. • El uso de Street View de Google Maps para formar la convicción del juez de la causa y así determinar si efectivamente había una rotonda en el lugar del accidente de tránsito, y clarificar que vehículo tenía prioridad de paso, fue válido, púes el juez, al valerse de esa herramienta informática, no sustituyó ningún medio probatorio, ya que se había efectuado la pericia específica, y el dato recabado del sistema no sirvió más que para complementar y apreciar mejor el dictamen. • La sentencia que responsabilizó al conductor de una motocicleta por el accidente de tránsito con un colectivo debe ser confirmada, en tanto, este fue el agente activo de la colisión y carecía de prioridad de paso en la rotonda, donde el siniestro tuvo lugar, cuestión que surge de sus propias manifestaciones y de la prueba pericial.
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