LA JURISDICCIÓN CONSULTIVA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DEL PROTOCOLO Nº 16

El 1 de agosto de 2018 entró en vigor el Protocolo nº16 al Convenio europeo de derechos humanos (CEDH) de 4 de noviembre de 1950. Este Protocolo permite a los órganos jurisdiccionales de mayor rango determinados por los Estados Parte en el momento de manifestar el consentimiento en obligarse por él,...

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Autor principal: Fernández de Casadevante Romaní, Carlos
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Facultad de Derecho 2025
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.unc.edu.ar/index.php/refade/article/view/48098
Aporte de:
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spelling I10-R353-article-480982025-02-05T13:09:15Z LA JURISDICCIÓN CONSULTIVA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DEL PROTOCOLO Nº 16 THE ADVISORY JURISDICTION OF THE EUROPEAN COURT OF HUMAN RIGHTS IN THE FRAMEWORK OF PROTOCOL N. 16 Fernández de Casadevante Romaní, Carlos ECtHR European Convention on Human Rights dvisory jurisdiction Protocol No. 16 TEDH Convenio Europeo de Derechos Humanos Jurisdicción consultiva Protocolo nº 16 El 1 de agosto de 2018 entró en vigor el Protocolo nº16 al Convenio europeo de derechos humanos (CEDH) de 4 de noviembre de 1950. Este Protocolo permite a los órganos jurisdiccionales de mayor rango determinados por los Estados Parte en el momento de manifestar el consentimiento en obligarse por él, solicitar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la emisión de opiniones consultivas sobre cuestiones de principio relativas a la interpretación o a la aplicación de los derechos y libertades definidos en el Convenio o sus protocolos con ocasión de los asuntos que están conociendo. Se trata de un mecanismo de colaboración entre el TEDH y esos órganos jurisdiccionales nacionales que, en el marco de la jurisdicción consultiva, se añade a la que el citado CEDH reconoce al Comité de Ministros del Consejo de Europa. El presente trabajo tiene por objeto el estudio tanto del propio Protocolo nº16 como de la jurisprudencia del TEDH dictada hasta el momento en el ejercicio de la jurisdicción consultiva que dicho Protocolo le reconoce y que incluye tanto las solicitudes de dictamen admitidas (siete) como las rechazadas (dos). On August 1, 2018, Protocol No. 16 to the European Convention on Human Rights (ECtHR) of November 4, 1950 entered into force. This Protocol allows the highest courts determined by the States Parties at the time of expressing consent to be bound by it to request the ECtHR to give advisory opinions on questions of principle concerning the interpretation or application of the rights and freedoms defined in the Convention or its protocols on the occasion of the cases they are hearing. This is a mechanism of collaboration between the ECtHR and these national courts which, in the context of advisory jurisdiction, is in addition to that which the ECHR recognizes for the Committee of Ministers of the Council of Europe. The purpose of this work is to study both Protocol 16itself and the case law of the ECtHR handed down to date in the exercise of the advisory jurisdiction recognized by the Protocol, including both the requests for opinions admitted (seven) and those rejected (two). Facultad de Derecho 2025-02-05 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion application/pdf https://revistas.unc.edu.ar/index.php/refade/article/view/48098 10.31054/2314.3061.v15.n2.48098 Revista de la Facultad de Derecho; Vol. 15 Núm. 2 (2024): NUEVA SERIE II; 85-119 2314-3061 1850-9371 10.31054/2314.3061.v15.n2 spa https://revistas.unc.edu.ar/index.php/refade/article/view/48098/48459 Derechos de autor 2025 Facultad de Derecho. Universidad Nacional de Córdoba http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
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