El deber de evitar el daño. El art. 1710 inc. B del CCyC. Su interpretación y justificación normativa.
El presente trabajo aborda el deber de evitar el daño contenido en el art. 1710 inc b del CCyC. Se tratan dos problemas metodológicamente, uno de interpretación normativa, acerca de cuál es el deber contenido en la disposición. El otro de justificación normativa, procurando analizar si se encuentra...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional de C´órdoba- Facultad de Derecho- Centro de Estudio de Derecho de Daños
2025
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://revistas.unc.edu.ar/index.php/estudioscentro/article/view/48164 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El presente trabajo aborda el deber de evitar el daño contenido en el art. 1710 inc b del CCyC. Se tratan dos problemas metodológicamente, uno de interpretación normativa, acerca de cuál es el deber contenido en la disposición. El otro de justificación normativa, procurando analizar si se encuentra justificada la imposición de un deber de esta índole en el ordenamiento jurídico argentino. Previo a ingresar al tratamiento de ambos problemas se exponen consideraciones generales acerca de la función preventiva de daños. |
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