El reintegro de capital es la operación acordeón

Fil: Fushimi, Jorge Fernando. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina.

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Fushimi, Jorge Fernando
Formato: publishedVersion article
Lenguaje:Español
Publicado: 2022
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11086/27464
Aporte de:
id I10-R141-11086-27464
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spelling I10-R141-11086-274642023-08-30T13:16:29Z El reintegro de capital es la operación acordeón Fushimi, Jorge Fernando Reintegro de capital Disolución societaria Pérdida del capital social publishedVersion Fil: Fushimi, Jorge Fernando. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina. El reintegro de capital como remedio para evitar la disolución de la sociedad por pérdida del capital social ha sido analizado por la doctrina nacional de una manera contradictoria, aunque en los últimos tiempos parecieran existir consensos. La corriente mayoritaria sostiene que el reintegro del capital es una aportación atípica que realizan los socios o accionistas de la sociedad para recomponer el desequilibrio patrimonial que se produce cuando las pérdidas superan a las cuentas positivas del patrimonio neto, o, dicho de otra manera, cuando el pasivo supera al activo. Esta aportación atípica implica que el socio o accionista no recibe nada como contraprestación, siendo su única contrapartida el incremento del valor patrimonial proporcional, de allí que se sostenga que es un acto a título gratuito. Además la doctrina mayoritaria sostiene que la decisión asamblearia es obligatoria para todos los socios, aún para los que votaron en contra de ellos, por lo que todos estarán obligados a reintegrar. Finalmente, la posición mayoritaria sostiene que el reintegro de capital es exactamente lo opuesto a la operación acordeón, la cual implica reducir el capital –aún hasta cero- para posteriormente aumentarlo hasta el monto del nuevo capital. Este trabajo pone en crisis tales posiciones y terminará concluyendo que el reintegro es la operación acordeón y que en ningún caso, ni entendido de la manera tradicional, ni de la manera que lo hacemos en este trabajo, la decisión asamblearia que así lo dispone puede ser obligatoria para los socios ausentes o que votaron en contra. http://www.revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/8810 publishedVersion Fil: Fushimi, Jorge Fernando. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina. Derecho 2022-07-25T21:08:08Z 2022-07-25T21:08:08Z 2014 article http://hdl.handle.net/11086/27464 2346-9404 spa Atribución – No Comercial – Sin Obra Derivada 4.0 Internacional http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ Electrónico y/o Digital
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