Ley 25053 [créase el Fondo Nacional de Incentivo Docente].

Créase el Fondo Nacional de Incentivo Docente, el que será financiado con un impuesto anual que se aplicará sobre los automotores cuyo costo de mercado supere los cuatro mil pesos ($ 4.000), motocicletas y motos de más de doscientos (200) centímetros cúbicos de cilindrada, embarcaciones y aeronaves,...

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Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Argentina. Poder Legislativo Nacional
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Congreso de la Nación, 1998.
Materias:
Acceso en línea:https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/50000-54999/54874/norma.htm
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
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520 |a Créase el Fondo Nacional de Incentivo Docente, el que será financiado con un impuesto anual que se aplicará sobre los automotores cuyo costo de mercado supere los cuatro mil pesos ($ 4.000), motocicletas y motos de más de doscientos (200) centímetros cúbicos de cilindrada, embarcaciones y aeronaves, registrados o radicados en el territorio nacional, el que se crea por esta ley con carácter de emergencia y por el término de cinco (5) años a partir del 1° de enero de 1998. 
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