Resolución ministerial 2101/1984 [normalización de las universidades nacionales].

Las normas especiales que sean dictadas por las Universidades Nacionales a los efectos del artículo 8° del Decreto N° 154/1983 deberán contener un plazo que se fija en 45 días para la presentación o formulación de observaciones u objeciones, sin perjuicio del plazo establecido en el artículo 9° de l...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina. Ministerio de Educación y Justicia, Argentina. Ministerio de Educación y Justicia. Ministro (1983-1986 : Alconada Aramburú)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Ministerio de Educación y Justicia, 1984.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RM_2101-84.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
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