Disposición 2047/2019 [carga horaria de CCC].

Habilítese a las instituciones universitarias pertenecientes al Sistema Universitario Nacional a la presentación de carreras de grado organizadas como Ciclo de Complementación Curricular que expidan titulaciones de licenciados o equivalentes a los fines de la obtención del correspondiente reconocimi...

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Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Argentina. Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, 2019.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/DI_2047-19.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
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520 |a Habilítese a las instituciones universitarias pertenecientes al Sistema Universitario Nacional a la presentación de carreras de grado organizadas como Ciclo de Complementación Curricular que expidan titulaciones de licenciados o equivalentes a los fines de la obtención del correspondiente reconocimiento oficial y consecuente validez nacional de sus títulos, teniendo presente como requisito de ingreso a titulaciones previas de la Educación Superior con una carga horaria equivalente a las MIL CUATROCIENTAS (1.400) horas reloj o superior, en función a que ha sido establecida dicha cantidad de horas en los títulos de la Educación Técnica Superior conforme al Apartado F. “Organización de las Cargas Horarias” del Anexo I “Criterios para la Organización Institucional y Lineamientos para la Organización de la Oferta Formativa para la Educación Técnico Profesional de Nivel Superior” de la Resolución CFE N° 295 de fecha 27 de octubre de 2016. 
522 |a Nacional 
650 4 |a Ciclo de complementación curricular  |9 16245 
650 4 |a Educación superior  |9 7642 
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650 4 |a Carga horaria  |9 6896 
787 |t LE 24521 
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