Resolución ministerial 3991/2021 [validez nacional títulos universitarios - rectificar RM N° 3432/19 y N° 51/10].

Sustituir el artículo 5º de la Resolución Ministerial N° 3432/19 por el siguiente: “Establecer que la Dirección Nacional de Gestión Universitaria tomará conocimiento de las modificaciones que formulen las instituciones universitarias con posterioridad a la acreditación de carreras nuevas o en funcio...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina. Ministerio de Educación, Argentina. Ministerio de Educación. Ministro (2021-2023 : Perczyk)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Ministerio de Educación, 2021.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RM_3991-21.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
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500 |a Publicado en el Boletín Oficial N° 34856 del 11/2/2022. 
520 |a Sustituir el artículo 5º de la Resolución Ministerial N° 3432/19 por el siguiente: “Establecer que la Dirección Nacional de Gestión Universitaria tomará conocimiento de las modificaciones que formulen las instituciones universitarias con posterioridad a la acreditación de carreras nuevas o en funcionamiento que estén incorporadas al régimen del artículo 43 de la Ley N° 24.521 y de posgrado. El reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional de los títulos correspondientes seguirán el trámite de acuerdo con lo previsto en el artículo 7° del Decreto N° 499/95”; y dejar sin efecto el artículo 9º. Sustituir el artículo 14° de la Resolución Ministerial N° 51/10 por el siguiente: “Dejar establecido que las modificaciones que se efectúen en los planes de estudio u otras condiciones con posterioridad a la acreditación de una carrera recibirán reconocimiento oficial luego de obtenida la siguiente acreditación por parte de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria”. 
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