Decreto 430/2000 [reducción de retribuciones].

Redúcense las retribuciones brutas, totales, mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes, y el sueldo anual complementario, excluyendo las asignaciones familiares, del personal del sector público nacional comprendido en los incisos a) y b) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156, incluyendo...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina, Argentina. Presidente (1999-2001 : De la Rúa), Argentina. Ministerio de Educación. Ministro (1999-2000 : Llach)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Poder Ejecutivo Nacional, 2000.
Materias:
Acceso en línea:http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/63172/norma.htm
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
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500 |a Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 29409 de 31/05/2000. 
520 |a Redúcense las retribuciones brutas, totales, mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes, y el sueldo anual complementario, excluyendo las asignaciones familiares, del personal del sector público nacional comprendido en los incisos a) y b) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156, incluyendo las entidades bancarias oficiales y las fuerzas armadas, de seguridad y Policía Federal y el Poder Legislativo Nacional, con independencia del régimen laboral que resulte aplicable a dicho personal. Los conceptos no remunerativos y no bonificables deberán computarse dentro de la retribución bruta, exclusivamente a los fines del cálculo de la reducción dispuesta. Invítase al Poder Judicial de la Nación a aplicar en el ámbito que le compete el régimen establecido por el presente acto. 
522 |a Nacional 
650 4 |a Administración pública  |9 6467 
650 4 |a Recursos humanos  |9 9788 
650 4 |a Reforma administrativa  |9 9804 
650 4 |a Salarios docentes  |9 11132 
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710 1 |a Argentina.  |b Ministerio de Educación.  |b Ministro (1999-2000 : Llach)  |9 10375 
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