LEADER 02225cam a2200373 a 4500
003 UCESARGENTINA
008 t2008 ag ||||| |||| 00| | spa d
999 |c 7893  |d 7893 
020 |a 9505741219 
040 |a UCES  |c uces 
041 0 |a spa 
082 |a 342.02 
100 1 |a Bidart Campos, Germán J.  |9 4358 
245 1 0 |a Manual de la constitución reformada. Tomo III /  |c Germán J. Bidart Campos. 
250 |a 1a ed. 3a reimpr. 
260 |a Buenos Aires:  |b EDIAR,   |c 2008 
300 |a 640 p. 
505 0 |a XXX La parte orgánica -- XXXI El Congreso -- XXXII El derecho parlamentario -- XXXIII La competencia del Congreso fuera del artículo 75 -- XXXIV La competencia del Congreso en el artculo 75 -- XXXV La ley -- XXXVI Las competencias privativas de cada cámara -- XXXVII El poder ejecutivo -- XXXVIII La competencia del poder ejecutivo -- XXXIX Los órganos dependientes del poder ejecutivo -- XL El "poder" militar -- XLI Los nuevos órganos de control y "extrapoderes" -- XLII El poder judicial -- XLIII El ministerio público -- XLIV El Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento -- XLV La administración de justicia -- XLVI El derecho judicial -- XLVII El control y la jurisdicción constitucionales -- XLVIII La jurisdicción y la competencia de los tribunales federales -- XLIX La jurisdicción y la competencia originarias y exclusivas de la Corte Suprema -- L La jurisdicción apelada "extraordinaria" de la Corte Suprema -- LI La jurisdicción supraestatal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -- LII El título segundo de la Constitución sobre "gobiernos de provincia". 
650 0 |a DERECHO  |9 84 
650 4 |a PODER LEGISLATIVO  |9 667 
650 4 |a PODER  |9 917 
650 4 |9 1624  |a CONSTITUCIONES 
650 4 |a FUERZAS ARMADAS  |9 1354 
650 4 |a DERECHO CONSTITUCIONAL  |9 1626 
650 4 |a PODER JUDICIAL  |9 3367 
650 4 |a PODER EJECUTIVO  |9 3368 
650 4 |a DIVISION DE PODERES  |9 17404 
650 4 |a SANCION DE LA LEY  |9 17405 
650 4 |a JEFES DE ESTADO  |9 875 
650 4 |a FACULTADES JURISDICCIONALES  |9 15040 
650 4 |a JURISDICCION Y COMPETENCIA  |9 17406 
650 4 |9 16525  |a ORGANISMOS DEL ESTADO 
651 4 |a ARGENTINA  |9 31 
942 |c LIB  |2 ddc