LEADER 02211cam a2200301 a 4500
003 UCESARGENTINA
005 20190611173431.0
008 s2012 ag |||||r|||||||1 ||spa d
999 |c 11174  |d 11174 
040 |a UCES 
082 |a 346.043 2 
100 1 |a Guaschino, Honorio Héctor  |9 21030 
245 1 4 |a Los contratos agrarios y las creaciones fitogenéticas /  |c Honorio Héctor Guaschino. 
260 |a Buenos Aires :  |b Ediciones del País,   |c 2012. 
300 |a 215 p. 
504 |a Incluye referencias bibliograficas 
505 0 |a 1. Los contratos agrarios y el Código Civil -- 2. La ley 13..246 de arrendamiento y aparcerías rurales -- 3. El contrato de arrendamiento rural -- 4. Cesión del contrato y subarriendo -- 5 Obligaciones de las partes en el contrato de arrendamiento rural -- 6. Extinción del contrato -- 7. Aparcerías -- 8. Contrato de mediaría -- 9. Obligaciones de las partes en el contrato de aparcería y mediaría -- 10. Explotación irracional o insustentable del predio -- 11. Mejoras -- 12. Contrato asociativo de explotación tambera -- 13. Contratos accidentales. Ar. 39 de la ley 13.246, conforme texto ordenado por la ley 22.298 -- 14. Contrato de pastaje o pasturaje -- 15. Contrato de franquicia ganadera -- 16. Contrato de maquila -- 17. Contrato de elaboración de viñas y frutales -- 18. Contrato de intercambio de sembrado -- 19. Pool de siembras -- 20. Contrato de intercambio de embriones -- 21. Contrato de compraventa de semilla, de creaciones fitogenéticas -- 22. Conclusiones. La sanción de una ley especial para estos contratos -- 23. Definición de Biodiversidad -- 24. Plano internacional Plano nacional -- 25. Derecho a la Información -- 26. Legislación sobre Biotecnología Aplicable a AGM -- 27. Riesgos de OGM -- Bibliografía. 
650 4 |a DERECHO  |9 84 
650 4 |a CONTRATOS AGRARIOS  |9 2281 
650 4 |a LEGISLACION  |9 285 
650 4 |a CONTRATO ASOCIATIVO DE EXPLOTACION TAMBERA  |9 18894 
650 4 |a ARRENDAMIENTOS Y APARCERIAS RURALES  |9 22444 
650 4 |a CONTRATO DE MAQUILA  |9 18892 
650 4 |a ORGANISMOS MODIFICADOS GENETICAMENTE  |9 22445 
651 4 |a ARGENTINA  |9 31 
653 4 |a Cultivos transgénicos 
942 |c LIB  |2 ddc 
998 |b ed.