Resolución de conflictos en materia de bonos soberanos: una crítica mirada institucional al papel del CIADI

A diferencia de lo observado en los 70s cuando la banca calificaba como la principal fuente de financiamiento, la aparición de los bonos como fuente de financiamiento conllevó importantes consecuencias en materia de renegociación contractual. En particular, porque una parte importante de los bonos e...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Stanley, Leonardo
Formato: Documento de trabajo
Lenguaje:Es
Publicado: Buenos Aires. AR; Cedes 2018
Materias:
Acceso en línea:http://www.cedes.org.ar/publicaciones/Ndoc_c/58.pdf
http://repositorio.cedes.org/handle/123456789/3735
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Descripción
Sumario:A diferencia de lo observado en los 70s cuando la banca calificaba como la principal fuente de financiamiento, la aparición de los bonos como fuente de financiamiento conllevó importantes consecuencias en materia de renegociación contractual. En particular, porque una parte importante de los bonos emitidos por los países de la región (incluida la Argentina) tenían sede jurídica al Estado de Nueva York, la cual requería del consenso unánime al momento de la renegociación. Aunque desde mediados de los 90s se debatió respecto a cómo escapar a dicho dilema, sólo se puso fin a dicho debate cuando México decidió reestructurar su deuda y entregar un bono con acción colectiva. Pero esto ocurrió en 2005