El pedido de quiebra : derechos, obligaciones y responsabilidad del acreedor

La declaración de quiebra de un sujeto, causa una repercusión inmediata sobre el crédito y los bienes en general. Además impacta negativamente en las relaciones laborales y comerciales provocando consecuencias de distinto alcance en la comunidad y en los mercados donde desarrolla su actividad el deu...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Roncaglia, María Gabriela
Otros Autores: Monasterio, Julio
Formato: Trabajo final de grado Tesis de grado acceptedVersion
Lenguaje:Español
Publicado: 2003
Materias:
Acceso en línea:http://biblio.unvm.edu.ar/opac_css/index.php?lvl=cmspage&pageid=9&id_notice=6912
Aporte de:
Descripción
Sumario:La declaración de quiebra de un sujeto, causa una repercusión inmediata sobre el crédito y los bienes en general. Además impacta negativamente en las relaciones laborales y comerciales provocando consecuencias de distinto alcance en la comunidad y en los mercados donde desarrolla su actividad el deudor. Este estado falencial, afecta no solo el patrimonio del deudor sino que provoca también, alteraciones en los derechos no patrimoniales como el otorgamiento de concesiones, el buen nombre, e! prestigio comercial, el honor, etcétera. La Ley de Concursos y Quiebras establece cuáles son los derechos y las obligaciones de los sujetos incluidos en el proceso de quiebra, es decir del deudor y de sus acreedores. También la doctrina y la jurisprudencia se pronuncian sobre estos aspectos, subsanando situaciones poco claras o no contempladas en la ley. En lo referente a la normativa que dispone la responsabilidad del peticionario de la quiebra revocada, cabe recordar que el art. 103 de la ley 19 551, limitaba la responsabilidad del peticionario de la quiebra sólo a la reparación del daño moral, siendo esta solución totalmente insatisfactoria y su modificación reclamada por la doctrina. Las pretensiones de este trabajo son modestas; se aspira dar una idea general de la situación en la que se verá inmiscuido aquel acreedor que, agotadas sus posibilidades de cobro por las vías ordinarias, supone que pedirle la quiebra a su deudor es la solución al problema. Este recurso no es tan sencillo como parece, por lo que se intentará explicar cuáles son los aspectos que deberá tener en cuenta desde el momento en que decida solicitar la quiebra a su deudor hasta la finalización del proceso y cuáles son los efectos jurídicos que provoca la revocación del auto de quiebra; es decir cuál es la responsabilidad que debe asumir el acreedor que peticionó la quiebra de su deudor, con las consecuencias fatales que la misma impone, ante la denegatoria judicial de su pretensión Para llegar a una correcta interpretación de los temas mencionados en el párrafo anterior, se deben buscar las conexiones de la ley de Concursos y Quiebras con otros cuerpos normativos y con los demás componentes del orden jurídico, evitando aislar las instituciones o figuras. Gran parte de este material se expone a modo de clasificación de los artículos de la ley de Concursos y Quiebras en derechos y obligaciones del acreedor en la etapa de la quiebra y un breve comentario a cada uno de ellos, todo ello esquematizado en los aspectos más salientes, a modo de resumen y visualización comprensiva del lector. Producir este material es todo un desafío. Implica la investigación y el estudio exhaustivo de la temática, su análisis y el deseo de que el mismo sea utilizado como una modesta guía no solamente por estudiantes y profesionales interesados en el derecho concursal sino también por aquellos individuos que quieren hacer valer su derecho de cobro, llamados acreedores, a quienes va especialmente dirigido