El artículo 19 del Código Civil y Comercial de la Nación y el reconocimiento como persona del embrión humano no implantado
Sumario: 1. Introducción.— 2. La protección del embrión humano, más allá de la fecundación in vitro.— 3. La concepción como inicio de la persona humana: consistencia del Código Civil y el resto del ordenamiento jurídico.— 4. ¿Existen razones para excluir al embrión humano no implantado de la categ...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
La Ley
2019
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/9002 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Sumario: 1. Introducción.— 2. La protección del embrión humano, más allá de la fecundación in vitro.— 3. La
concepción como inicio de la persona humana: consistencia del Código Civil y el resto del ordenamiento
jurídico.— 4. ¿Existen razones para excluir al embrión humano no implantado de la categoría de persona?— 5.
El art. 19 y la sentencia "Artavia Murillo" de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.— 6. Conclusiones. |
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