Ejecutando sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos : una contestación de oficio muy especial
Los casos de libertad de expresión poseen –no podría ser de otro modo– aristas francamente constitucionales. También pueden tener interesantes contornos formales o procesal-constitucionales. Asimismo, cuando el caso cruza las fronteras nacionales, también pone en funcionamiento, usualmente, las h...
Guardado en:
| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2019
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8545 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Los casos de libertad de expresión poseen –no podría ser de otro modo– aristas francamente
constitucionales. También pueden tener interesantes contornos formales o
procesal-constitucionales. Asimismo, cuando el caso cruza las fronteras nacionales, también pone
en funcionamiento, usualmente, las herramientas del derecho convencional internacional y, cuando
regresa al país, se plantea eventualmente la etapa de ejecución de la sentencia dictada por un
tribunal internacional. A este escenario se suman, es claro, las derivaciones sociológicas del
planteo, las consecuencias políticas e incluso geopolíticas, los efectos hacia decisiones futuras por
parte de un Máximo Tribunal en el marco de la doctrina del precedente, entre otros elementos.
En ese contexto, el decisorio de la Corte Suprema argentina en "Ministerio de Relaciones
Exteriores", del pasado 14 de febrero, ha generado –y posiblemente siga generando– reacciones
dispares. Se trata de lo resuelto por la Corte Suprema argentina en la etapa de ejecución de una
sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, "Fontevecchia y D''Amico". Como
tal, posee aspectos formales y aspectos sustanciales, en el marco de un procedimiento no
regulado. |
|---|