Algunas cuestiones canónicas surgidas de la complejidad de la división de los fueros interno y externo

El término forum o forus fueron primitivamente entendidos como la "plaza". Según el derecho clásico romano se trataba del lugar público donde se cumplían los negocios jurídicos. En la terminología eclesiástica, el término forum, significaba el "lugar de los juicios". Más tarde, b...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Busso, Ariel David
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho Canónico 2019
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/5545
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Descripción
Sumario:El término forum o forus fueron primitivamente entendidos como la "plaza". Según el derecho clásico romano se trataba del lugar público donde se cumplían los negocios jurídicos. En la terminología eclesiástica, el término forum, significaba el "lugar de los juicios". Más tarde, bajo el influjo de los teólogos escolásticos, al mismo tribunal del perdón de los pecados se lo llamó "fuero de la conciencia" o "fuero penitencial"...