El uso de la palabra ius como derecho subjetivo en Tomás de Aquino: un análisis sobre la oración : ut haberet ius possidendi totum thesaurum

Resumen: Es frecuente que se enseñe, en las escuelas de Derecho de nuestros días, que los derechos son algo propio a toda persona humana en razón de su dignidad. El silogismo es, aproximadamente, el siguiente: el hombre es racional, luego es persona, por ende, es un ser digno y, en conclusión, tiene...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Hargous Fuentes, Vicente
Otros Autores: Jornadas Internacionales de Derecho Natural : Ley Natural y Dignidad Humana (12ª : 2016 : Buenos Aires)
Formato: Documento de conferencia
Lenguaje:Español
Publicado: 2019
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/3050
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Descripción
Sumario:Resumen: Es frecuente que se enseñe, en las escuelas de Derecho de nuestros días, que los derechos son algo propio a toda persona humana en razón de su dignidad. El silogismo es, aproximadamente, el siguiente: el hombre es racional, luego es persona, por ende, es un ser digno y, en conclusión, tiene derechos. Sin embargo, esta interpretación es sólo exclusiva de la modernidad, como ya han afirmado los historiadores del derecho ¿Son acaso los derechos algo necesario? Cierto pasaje de Tomás de Aquino –autor fundamental en lo que se refiere a la Historia del Derecho Natural– ha suscitado interpretaciones según las cuales él, al menos implícitamente, utilizaría la palabra ius en cuanto derecho subjetivo, esto es, una facultad. Sugerimos, más bien, que resulta más coherente con el sistema tomista entender esta oración como referida a derecho objetivo, lo cual se aclara con la correcta comprensión del concepto “cosa-justa”. Bajo esa óptica, analizamos ese pasaje para llegar a una solución conciliable con una noción de derecho-objetivo, y concluir que el lenguaje de los derechos no es esencial al iusnaturalismo.