Indignidad y desheredación

A pesar del título, debo comenzar aclarando que el Anteproyecto de Código Civil no contiene norma alguna referida a la desheredación, lo que equivale a decir que este instituto quedará eliminado de nuestra legislación civil. Lo antedicho no deja de sorprender, pues la prevalencia del principio de la...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Cabrera de Gariboldi, María del Luján C.
Otros Autores: Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
Formato: Parte de libro
Lenguaje:Español
Publicado: El Derecho 2019
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2938
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Descripción
Sumario:A pesar del título, debo comenzar aclarando que el Anteproyecto de Código Civil no contiene norma alguna referida a la desheredación, lo que equivale a decir que este instituto quedará eliminado de nuestra legislación civil. Lo antedicho no deja de sorprender, pues la prevalencia del principio de la autonomía de la voluntad campea y sobrevuela todo el Anteproyecto, con mayor o menor incidencia dependiendo de la rama del Derecho Civil de que se trate. En el ámbito del derecho sucesorio, considero que la “rebaja” en las porciones legítimas de los herederos forzosos es, justamente, un triunfo –parcial, pero triunfo al fin– de la autonomía de la voluntad versus el orden público.