Responsabilidad derivada de la intervención de cosas y de ciertas actividades
ARTÍCULO 1757.- Hecho de las cosas y actividades riesgosas. Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. La responsabilidad es...
Guardado en:
| Autor principal: | Güiraldes, Ramiro |
|---|---|
| Formato: | Parte de libro |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2019
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2918 |
| Aporte de: |
Ejemplares similares
-
Responsabilidad del principal
por: Díez Selva, Manuel
Publicado: (2019) -
La responsabilidad civil
por: Ubiría, Fernando Alfredo
Publicado: (2019) -
La responsabilidad del Estado
por: Piaggio, Lucas A.
Publicado: (2019) -
Responsabilidad parental (Título VII)
por: Comito, Carina, et al.
Publicado: (2019) -
Deber de prevención del daño. Acción preventiva. Causalidad
por: Lamanna Guiñazú, Emiliano C.
Publicado: (2019)