Contratos bancarios

Introducción: Días pasados tuvo lugar la presentación oficial del “Anteproyecto de Código Civil y Comercial de la Nación”, elaborado por la Comisión creada por el Decreto 191/2011. Uno de los aspectos de la iniciativa, es la incorporación al Código de los denominados contratos bancarios, bajo el fun...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Barreira Delfino, Eduardo A.
Otros Autores: Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
Formato: Parte de libro
Lenguaje:Español
Publicado: El Derecho 2019
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2907
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Descripción
Sumario:Introducción: Días pasados tuvo lugar la presentación oficial del “Anteproyecto de Código Civil y Comercial de la Nación”, elaborado por la Comisión creada por el Decreto 191/2011. Uno de los aspectos de la iniciativa, es la incorporación al Código de los denominados contratos bancarios, bajo el fundamento de que tales contratos tienen una importancia relevante en todos los campos, desarrollando un capítulo para tratar de modo sistemático y profundo dicha temática. En esa tesitura, se destaca que el elemento subjetivo es la presencia de entidades sujetas a la ley de entidades financieras; razón por la cual, se desarrollan los contratos que esas entidades celebran habitualmente y se los regula. Tal incorporación es un paso positivo, pero se desaprovechó la oportunidad de fijar la naturaleza financiera de los contratos bancarios regulados, pues esta calificación tradicional, en realidad técnicamente es inapropiada puesto que repara solo en la calidad de uno de los sujetos que realice este tipo de contratos, cuando correspondería tener en cuenta la esencia o sustancia del contrato, que es de naturaleza financiera.