Las asociaciones civiles
El Proyecto de Código dedica a las Asociaciones Civiles el Capítulo II del Título 2 (Personas Jurídicas) del Libro I. Está situado a continuación del que trata de las Personas Jurídicas en general, y antes del referido a las Fundaciones. Este Capítulo tiene a su vez dos secciones, dedicadas respecti...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Otros Autores: | |
| Formato: | Parte de libro |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2019
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2873 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El Proyecto de Código dedica a las Asociaciones Civiles el Capítulo II del Título 2 (Personas Jurídicas) del Libro I. Está situado a continuación del que trata de las Personas Jurídicas en general, y antes del referido a las Fundaciones. Este Capítulo tiene a su vez dos secciones, dedicadas respectivamente a las Asociaciones Civiles y a las Simples Asociaciones. Lo primero que llama la atención es la profusión y extensión de las normas (algunos artículos tienen múltiples incisos), que contrasta fuertemente con la parquedad del Código de Vélez. En este, los artículos específicamente dedicados a las asociaciones civiles y religiosas (categoría esta última que desaparece del Código) no son más de ocho, entremezclados con los que tratan de personas jurídicas en general. En el Código proyectado, que ciertamente tiene mejor sistemática, son veinticuatro, y mucho más extensos. |
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